Manos Isleñas, Grupos de Ayuda Solidaria, es una Asociación sin ánimo de lucro que nace en 2013 por iniciativa del empresario Manuel Carrasco de los Santos y junto a él Manuel Jesús Núñez Carrasco.
El nacimiento de la Asociación vino motivado por la toma de conciencia por parte de un amplio grupo de ciudadanos isleños de la gravedad de los efectos que la crisis económica estaba generando en Isla Cristina; el empobrecimiento general de muchas familias les impedía cubrir sus necesidades más básicas como la alimentación, esto aumentaba el cada vez mayor riesgo de exclusión social de tantas personas.
La Asociación combina en su ideario satisfacer las necesidades URGENTES de las personas y/o familias desde una perspectiva de solidaridad y compromiso mutuo siendo una escuela de valores y dignidad personal.
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Nuestra Misión
Promover el desarrollo integral de las personas y la mejora de las condiciones de vida de la comunidad, buscando contribuir de la manera mas eficaz y eficiente posible con la atención directa a los mas vulnerables y desfavorecidos.
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Nuestra Visión
Ser una organización de referencia para las personas y grupos mas desfavorecidos, para que encuentren en nosotros un vehículo que mejore su calidad de vida y la de sus familias allí donde nuestras propuestas den respuesta de mejora.
Nuestros Valores
COMPROMISO
Compromiso con los beneficiarios e implicación en los programas que desarrollamos y que generan expectativas en personas con situaciones difíciles de pobreza y muy vulnerables al fracaso y a la falta de objetivos reales y tangibles
PROFESIONALIDAD
Contamos con el conocimiento y la experiencia de profesionales y la flexibilidad para adaptarnos a una realidad cambiante, para dar respuesta con agilidad a los problemas sociales en cada momento
Somos una organización de acción social que trabajamos con independencia de grupos sociales, económicos, religiosos y políticos
INDEPENDENCIA
Aplicamos en nuestros proyectos la participación activa de sus beneficiarios y de un grupo de voluntarios; a la vez que trabajamos en red con otros recursos sociales.
PARTICIPACIÓN
PLURALIDAD
Trabajamos con todo tipo de instituciones con independencia de factores culturales, religiosos y políticos, o de cualquier otra índole para enriquecer nuestros proyectos y lograr convertirlos en motor de cambio social.
SOSTENIBILIDAD
Nuestros proyectos son de continuidad sostenibles y transparentes con todos los actores implicados en sus resultados: población beneficiaria, donantes y sociedad en general.

¡Voluntariado!
El voluntariado nuestra manera de participar para que las cosas mejoren.
Tomar parte activa en la resolución de problemas sociales.
Juntos conseguimos que las cosas mejoren.

TU SI
PUEDES
SER VOLUNTARI@
Toda persona física mayor de edad que, de una forma libre, sin contraprestación económica y de acuerdo con la capacidad de obrar que le reconoce el ordenamiento jurídico, decide dedicar parte de su tiempo al servicio de los demás.
Las personas menores de edad podrán tener la condición de personas voluntarias siempre que se respete su interés superior y su derecho a ser oídas y escuchadas
Las personas mayores de 16 y menores de 18 años no emancipadas deberán contar con el consentimiento de sus progenitores, tutores, guardadores o representantes legales.
Las personas menores de 16 años y mayores de 12 podrán llevar a cabo acciones de voluntariado siempre que estas no perjudiquen su desarrollo, formación y escolarización, o supongan un peligro para su integridad, y cuenten con la autorización expresa de sus progenitores, tutores, guardadores o representantes legales.

DEBERES y DERECHOS
de la Persona Voluntaria
Tenemos como principal valor los Grupos de Ayuda Solidaria, de ahí la importancia
perpetuar nuestra labor con la ayuda del Voluntariado.
Ser Voluntario/a es una decisión personal y un ejercicio de responsabilidad para todas las partes.
Ser parte de un equipo de Personas Voluntarias requiere de
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COMPROMISO SOCIAL | RESPETO | ÉTICA | DISCIPLINA
ASERTIVIDAD | PROACTIVIDAD | FORMALIDAD
EMPATÍA | PROFESIONALIDAD | ALEGRÍA
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El trabajo del Voluntariado, esta regulado por la Ley 4/2018, de 8 de mayo, Andaluza del Voluntariado.
Asociación Manos Isleñas Grupos de Ayuda Solidaria está inscrita en el
Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía con Nº de Inscripción 2572.
Conoce cuales son tus Deberes y Derechos y toma una decisión responsable
que ademas estamos seguros que sera tambien enriquecedora
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A los efectos de la Ley 4/2018, de 8 de mayo, se entiende por voluntariado el conjunto de actividades de interés general desarrolladas por personas físicas, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a) Que tengan carácter solidario.
b) Que su realización sea libre y responsable, sin que tengan su causa en una obligación personal o deber jurídico, y sea asumida voluntariamente.
c) Que se lleven a cabo sin contraprestación económica o material, sin perjuicio del abono de los gastos reembolsables que el desempeño de la acción voluntaria ocasione a las personas voluntarias, de acuerdo con lo establecido en los artículos 13.h), 15.2.d) y 17.2.e).
d) Que se desarrollen de forma organizada a través de entidades de voluntariado con arreglo a programas concretos, sin perjuicio de lo previsto en los artículos 28 y 29.
Los artículos 13 y 14 de la Ley 4/2018, de 8 de mayo, Andaluza del Voluntariado, establece los Derechos y Deberes de las personas voluntarias.
Las personas voluntarias tienen los siguientes derechos:
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a) Al respeto a su libertad, dignidad, intimidad, creencias y orientación sexual.
b) A ser tratadas sin discriminación o menoscabo de sus derechos fundamentales.
c) A realizar la actividad en las debidas condiciones de seguridad y salud en función de la naturaleza y características de aquella.
d) A recibir, con cargo a la entidad de voluntariado a la que pertenezcan o en la que lleven a cabo su actividad voluntaria, la formación básica, específica y adaptada a su capacidad y condiciones personales para el correcto desarrollo de las actividades que se les asignen.
e) A contar con los recursos materiales que se consideren imprescindibles para la mejor realización de la actividad voluntaria encargada.
f) A la participación directa en todos los procesos organizativos y reguladores de la entidad de voluntariado en la que estén colaborando.
g) A ser asegurados, a cargo de la entidad de voluntariado, con una póliza de seguro adecuada a las características y circunstancias de la actividad desarrollada por las personas voluntarias, que les cubra los riesgos de accidentes, de enfermedad y de responsabilidad civil por los daños y perjuicios ocasionados a terceros derivados directamente de la actividad voluntaria. De ello se debe dar información a la persona voluntaria en el acuerdo de incorporación.
h) A que les sean reembolsados los gastos que pudieran derivarse del desempeño de sus actividades, siempre que hayan sido previamente autorizados por la entidad de voluntariado, de acuerdo con el programa en el que estén adscritos y, en su caso, de lo pactado en el acuerdo de incorporación.
i) A recibir previamente al desarrollo de la actividad encomendada la información básica necesaria para su realización, así como el apoyo adecuado durante la realización de la actividad voluntaria.
j) A obtener de la entidad de voluntariado en la que colaboran información sobre la misión, finalidad y funcionamiento de la entidad, sobre el sentido y desarrollo de la acción voluntaria y sobre el papel e itinerario que tienen dentro de la entidad, así como a disponer de información sobre las actividades, los medios y el apoyo para su correcto cumplimiento.
k) A disponer de una acreditación identificativa de su condición de personas voluntarias en la que conste, además, la entidad de voluntariado en la que participan.
l) A obtener el respeto y reconocimiento por el valor social de su contribución.
m) A solicitar y obtener de las entidades en las que colaboren la acreditación de los servicios prestados y por las competencias, aptitudes y destrezas adquiridas como consecuencia del ejercicio de su labor de voluntariado.
n) A realizar su actividad de acuerdo con el principio de accesibilidad universal para todos, adaptado a la actividad que desarrollen, siempre que existan o puedan habilitarse los medios técnicos y humanos necesarios para ese fin.
ñ) A que sus datos de carácter personal sean tratados y protegidos de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
o) A cesar en su condición de personas voluntarias.
p) A colaborar en la elaboración, ejecución y evaluación de las acciones o proyectos concretos de voluntariado de los que hayan sido partícipes.
q) A elegir libremente la acción o programa en el cual quieren desarrollar su acción de voluntariado, así como el horario o jornada en el que lo desarrollarán, dentro de las posibilidades del programa o actividad.
r) A conocer las normas y reglamentos de régimen interno de la entidad de voluntariado del que formarán parte, así como la ideología, fines y principios de la misma.
s) Cualesquiera otros derechos reconocidos en la presente ley y en el resto del ordenamiento jurídico.
Las personas voluntarias tendrán los siguientes deberes
a) Cumplir los compromisos adquiridos con las entidades de voluntariado en las que se integren, reflejados en el acuerdo de incorporación, respetando los fines y normativas de las mismas.
b) Guardar la debida confidencialidad respecto de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria.
c) Rechazar cualquier contraprestación económica o material que pudiera serles ofrecida, por parte de las personas destinatarias o de cualquier otra persona relacionada con ellas, como remuneración de su acción voluntaria.
d) Actuar de forma diligente, responsable y solidaria, conforme al acuerdo de incorporación suscrito con las entidades de voluntariado en que colaboren.
e) Respetar los derechos de las personas destinatarias de su acción voluntaria, contenidos en el artículo 10.1.
f) Seguir las instrucciones técnicas para el adecuado desarrollo de las actividades encomendadas que se les señalen por las personas responsables de los programas designados por la entidad de voluntariado.
g) Utilizar debidamente las acreditaciones y distintivos otorgados por las entidades de voluntariado en que colaboren.
h) Respetar y cuidar los recursos materiales que pongan a su disposición las entidades de voluntariado responsables del programa en el que participen.
i) Cumplir las medidas de seguridad y salud que se adopten.
j) Participar en las tareas formativas previstas por la entidad de voluntariado para las actividades y funciones confiadas, así como en las que con carácter permanente se precisen para mantener la calidad de los servicios que presten.
k) Cumplir las normas sobre protección y tratamiento de datos de carácter personal, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y demás normativa de aplicación.
l) Aportar la documentación acreditativa de las circunstancias a que se refieren los apartados 4 y 5 del artículo 11.
m) Conocer y respetar las normas y reglamentos de régimen interno de la entidad de voluntariado de la que formarán parte, así como la ideología, fines y principios de la misma.
n) Cumplir y desarrollar la acción o programa de voluntariado de acuerdo con las normas y reglamentos internos de la entidad de voluntariado, así como en congruencia con la ideología, fines y principios de la misma.
ñ) No utilizar la acción de voluntariado, ni los cauces ni herramientas necesarias para desarrollarla, con fines propios o intimidatorios, ni para cualquier otro fin distinto al específicamente determinado para la acción que va a desarrollar.
o) Notificar a la entidad de voluntariado su renuncia con suficiente antelación, para que puedan adoptarse las medidas necesarias para evitar perjuicios a la actividad en la que participen.



